LegalDirect gana a BANCO SABADELL: Juzgado de primera instancia de Salamanca condena con 10.000 euros a Sabadell por la inclusión indebida en el Fichero Privado ASNEF.

LegalDirect gana a BANCO SABADELL: Juzgado de primera instancia de Salamanca condena con 10.000 euros a Sabadell por la inclusión indebida en el Fichero Privado ASNEF.

LEGALDIRECT VUELVE A GANAR A BANCO SABADELL EN LOS JUZGADOS DE SALAMANCA CONDENANDO A LA ENTIDAD BANCARIA A INDEMNIZAR CON 10.000 EUROS A NUESTRO CLIENTE POR INCLUIRLE DE FORMA INDEBIDA POR UN INEXISTENTE DESCIBIERTO EN CUENTA CORRIENTE EN EL FICHERO PRIVADO ASNEF.
BANCO SABADELL no acredita la existencia de ninguna deuda que deba ser incluida en el fichero ASNEF.

Nueva sentencia ganada por LEGALDIRECT

Los hechos

LEGAL DIRECT asume otro encargo de un cliente salmantino dado que le han informado que ha sido incluido en el fichero privado ASNEF por un descubierto en cuenta corriente al solicitar financiación.

Valorando la situación del cliente y tras el análisis de la documentación y el propio testimonio del mismo, LEGAL DIRECT entiende infringido su derecho al honor y a la protección de datos  interponiendo la correspondiente demanda contra BANCO SABADELL por infracción de la normativa que regula ambos derechos, interponiendo la correspondiente demanda contra BANCO SABADELL al incluir en el fichero ASNEF los datos de nuestro cliente por una inexistente deuda en relación a un descubierto en cuenta corriente solicitándose por LEGALDIRECT que se declare que se han incluido los datos de forma indebida en el fichero ASNEF, que se cancelen las anotaciones publicadas y se le indemnice en la cantidad de 10.000 euros.

BANCO SABADELL, toda vez que se le da traslado para que conteste a la demanda, se opone a nuestra alegando que por el mismo cliente se han presentado más demandas y que la inclusión se había realizado cumpliendo la ley de protección da datos, que los requerimientos se habían realizado de forma fehaciente advirtiéndole además de la posibilidad de que se pudieran incluir sus datos en el fichero y que las comunicaciones no fueron devueltas.

Admitidos ambos escritos se señala día para la vista, en la que tras las exposiciones de los hechos y valoración de la prueba quedan vistos los autos para sentencia.

El juez de primera instancia de Salamanca acordó, sobre la existencia de otros pleitos contra el banco que no había relación entras las mismas.

Sobre el fondo del asunto, es decir, valorando la inclusión en el fichero, se dicta sentencia valorando positivamente los argumentos citados en nuestro escrito de demanda, los documentos que se adjuntaron con el mismo y recoge en el cuerpo de la sentencia, el análisis que LEGALDIRECT realizo en conclusiones sobre la prueba aportada, dando por probado en la resolución del caso que BANCO SABADELL no ha aportado el contrato que le une con nuestro cliente.

Cita además que los documentos aportados junto con la contestación a la demanda no justifican tampoco que se haya realizado el requerimiento previo ni la advertencia de poder ser incluido en el correspondiente fichero y que las comunicaciones refieren a cantidades distintas y ninguna de ellas coincide con la anotación registrada en el fichero, por lo que queda claro que los documentos no se corresponden con la inclusión en el fichero como pretende demostrar BANCO SABADELL.

Además, cita el juez en la sentencia, sobre las comunicaciones, que tampoco existe ningún elemento que permita vincular estas cartas con la deuda a que se refiere el fichero, que se debe cumplir con el requisito del requerimiento previo de pago y que BANCO SABADELL no justifica la entrega al destinatario de ninguna comunicación y, por ello, el conocimiento por parte de nuestro cliente de su contenido, sino que solamente acreditan que fueron entregadas en el Servicio de Correos, y que éste no efectuó la devolución de las mismas.

El juez tras la valoración de la prueba falla a favor de nuestro cliente ratificando que se le ha incluido indebidamente en el fichero ASNEF y valorando la indemnización, conforme a la jurisprudencia del Tribunal Supremo y atendiendo al tiempo de inclusión, que en nuestro caso ha estado incluido en el fichero más de 2 años, las muchas consultas por terceros y la negativa a dar de baja los datos lo que ha conllevado el tener que acudir a los tribunales para poder cancelarlos y por todo ello se fija por el juez una indemnización por la cantidad de 10.000 euros, estimando totalmente la demanda que interpone LEGAL DIRECT contra BANCO SABADELL.

Resolución de la sentencia

FALLO:

Estimo totalmente la demanda interpuesta frente a Banco de Sabadell S.A., y en su virtud:

1.- Se declara que la demandada ha incluido indebidamente al demandante en el fichero público de solvencia patrimonial en relación al documento 2 de la demanda.

2.- Condeno a Banco Sabadell S.A. a que cancele de manera definitiva dicha anotación, comunicando la cancelación a los responsables de dichos ficheros e informando a la parte demandante de tal cancelación.

3.- Condeno a la demandada a abonar al actor, como indemnización por daño moral y patrimonial, la cantidad de 10.000 euros, cantidad que habrá de incrementarse en los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda (15 de abril de 2021), más los intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil a partir de la
sentencia.

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