LegalDirect Abogados gana a Cabot Securitisation Europe Limited: Los Juzgados de A Coruña condenan con 8.000 euros por inclusión indebida en el Fichero Privado ASNEF.

LegalDirect Abogados gana a Cabot Securitisation Europe Limited: Los Juzgados de A Coruña condenan con 8.000 euros por inclusión indebida en el Fichero Privado ASNEF.

CABOT SECURITISATION EUROPE LIMITED no cumple los requisitos de la LOPDGDD y ha procedido a dar de alta la información de nuestro cliente en el fichero privado ASNEF sin que conste acreditada la existencia deuda alguna.
Se estima la demanda que interpone LEGALDIRECT en favor de los intereses de nuestro cliente condenando a CABOT SECURITISATION EUROPE LIMITED a indemnizar por vulnerar el derecho al honor a la cantidad de 8.000 euros.

Nueva sentencia ganada por LEGALDIRECT

Los hechos

LEGALDIRECT, a través de sus abogados en A Coruña, interpone demanda contra CABOT SECURITISATION EUROPE LIMITED por vulnerar el Derecho al Honor y la normativa de protección datos, al incluir en el fichero ASNEF los datos de nuestro cliente por una inexistente deuda en relación a un descubierto en cuenta corriente. Se solicita por LEGALDIRECT que se declare que se han incluido los datos de forma indebida en el fichero, que se cancelen las anotaciones dadas de alta en 2021 y se indemnice a nuestro cliente en la cantidad de 8.000 euros.

Los Juzgados de A Coruña, tras admitir a trámite la demanda, dan plazo a CABOT SECURITISATION EUROPE LIMITED para que se manifieste, oponiéndose a nuestra demanda alegando que el demandante contrató una cuenta de ahorro con Banco Pastor y que incumplió obligaciones de pago, lo que origino el descubierto en cuenta y que por ello fue requerido al pago.

También alega que CABOT SECURITISATION EUROPE LIMITED compró una cartera de créditos entra la que se encontraba la deuda de nuestro cliente. Que comunicó al demándate el nuevo titular del crédito y que advirtió que en caso de impago iba a comunicar los datos el fichero ASNEF y que le requirió el pago de la cantidad adeudada.

Tras la tramites oportunos, se fijó fecha para vista en la que se valoró la prueba aportada al procedimiento y se realizaron las conclusiones, quedan el pleito visto para sentencia.

El juzgado de A Coruña dictó sentencia en el que se estiman las pretensiones planteadas por LEGALDIRECT dándose por ciertos y por probados los hechos descritos a través de nuestro escrito de demanda y confirmándose la inexistencia de deuda.

Se afirma en la sentencia que no ha quedado acreditado que existiese una deuda cierta vencida y exigible, ya que el descubierto no deriva del contrato de cuenta corriente y, que el demandante previamente había cuestionado la deuda y que no se acredita que el descubierto esté relacionado con ningún cargo a cuenta puesto que no se aporta prueba alguna por CABOT SECURITISATION EUROPE LIMITED.

Por lo tanto, no se cumple el requisito de la existencia de una deuda cierta y exigible.

Por otra parte, el juez manifiesta que por parte de CABOT SECURITISATION EUROPE LIMITED que se han remitido comunicaciones al domicilio del demandante y no habiendo sido devuelta ninguna, por presunciones, entiende que se da por cumplido los requisitos de la LOPD sobre requerir al pago y advertir que en caso de impago los datos serían comunicados al fichero ASNEF.

Estimada la pretensión principal de nuestra demanda que es que se declare que se ha incluido indebidamente a nuestro cliente en el fichero ASNEF, queda valorar la indemnización que solicita LEGALDIRECT en el escrito de demanda por vulnerar el derecho al honor, y valorase el tiempo que han estado incluidos los datos  del demandante en el fichero ASNEF así como las entidades que accedieron y consultaron los datos y los perjuicios derivados de la inclusión (imposibilidad de financiarse y gastos judiciales), afirma el juez que valorando la afectación de la dignidad en su aspecto interno y en el externo, los daños patrimoniales, y tomando en consideración los parámetros fijados en la lay y en la jurisprudencia, y siendo muy considerable el número de consultas a la información del demandante, parece razonable conceder la indemnización de 8.000 €.

Resolución de la sentencia

FALLO:

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda presentada contra CABOT SECURITISATION EUROPE LIMITED y debo condenar y condeno a la demanda a abonar a la actora la cantidad de 8.000 €, incrementada con el interés moratorio desde el 15 de septiembre de 2022, así como a cancelar la anotación objeto del presente procedimiento, teniendo en cuenta a efectos de ejecución la cancelación producida en el curso del
procedimiento, y debiendo cada parte abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Noticias Actuales

TU PRIVACIDAD ES IMPORTANTE. Utilizamos cookies para asegurar que damos la mejor experiencia al usuario en nuestro sitio web. Si continúa utilizando este sitio asumiremos que usted está de acuerdo.   
Privacidad