Kutxabank, condenada a retirar datos de ficheros de morosos

Kutxabank, condenada a retirar datos de ficheros de morosos

"La sentencia señala que en este caso no hay ningún documento que acredite que la entidad financiera haya requerido de pago a la avalista, por lo que no se cumplen los requisitos para poder inscribir sus datos en los ficheros de morosos. Por ello, Kutxabank queda obligada a borrar los datos de la recurrente de los ficheros de morosos de forma definitiva."
Fichero de Morosos
La Audiencia de Guipuzkoa dictó una sentencia que nos ha llamado la atención, por su estrecha relación con los temas que tratamos siempre en este blog.

La Audiencia de Guipuzkoa dictó una sentencia que nos ha llamado la atención, por su estrecha relación con los temas que tratamos siempre en este blog.

Una consumidora interpuso demanda contra Kutxabank por haber incluido esta entidad bancaria sus datos en todas las listas de morosos. La afectada no era la titular del crédito, sino la avalista, por lo que mantuvo en primera instancia que no debía nada y que por tanto no debía figurar en estos ficheros.

El desconocimiento de los juzgados sobre este tipo de temas se hizo patente cuando el Juzgado de San Sebastián rechazó su requerimiento de que se obligara a Kutxabank a borrar sus datos de los ficheros de morosos, alegando que la mujer no había presentado pruebas de haber sido introducida en listas de morosos.

Con muy buen criterio, la afectada recurrió ante la Audiencia y señaló que exigirle a ella ese tipo de prueba era “diabólico”, ya que su inclusión en los ficheros de morosos era un dato que el banco conocía y que en ningún caso negó en el proceso en primera instancia.

Sobre este tema la Audiencia da la razón a la recurrente, al exponer que “es el banco quien goza de mayor facilidad probatoria para acreditar esa situación”.

La sentencia de la Audiencia Provincial recoge además los requisitos que deben darse para que un deudor pueda ser inscrito en un fichero de morosos:

  • Debe existir una deuda cierta exigible.
  • No deben haber pasado más de seis años desde la fecha en que debió realizarse el pago.
  • Debe haber existido un requerimiento previo para que se haga el abono.
  • No debe haber ningún documento que anule alguno de los supuestos anteriores.

Ademas señala que en este caso no hay ningún documento que acredite que la entidad financiera haya requerido de pago a la avalista, por lo que no se cumplen los requisitos para poder inscribir sus datos en los ficheros de morosos. Por ello, Kutxabank queda obligada a borrar los datos de la recurrente de los ficheros de morosos de forma definitiva.

Pero la cosa no se queda aquí. Resulta que la escritura de préstamo hipotecario incluía cláusulas abusivas que obligaban a la avalista a renunciar a los beneficios de excusión, división y extinción, colocando así a la avalista en una situación muy similar a la de los deudores.

Una muestra más de que los bancos siguen abusando de su posición, pero también de que se puede conseguir la victoria cuando se lucha contra ellos.

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