Suspendemos una ejecución hipotecaria en Alicante! Al Banco de Santander

Suspendemos una ejecución hipotecaria en Alicante! Al Banco de Santander

«Teniendo el banco de Santander que ir a un procedimiento declarativo por lo que las personas se pueden llegar aquedar en su casa hasta 5 años que puede durar el procedimiento y dejando les en una situación mas favorable para negociar otro tipo de acuerdo mas beneficioso para ellos y no para el Banco de Santander.»
El juez decidió denegar el despacho de la ejecución in admitiendo la demanda a trámite, suspendiéndose así la ejecución hipotecaria de nuestros clientes.Teniendo el banco de Santander que ir a un procedimiento declarativo por lo que las personas se pueden llegar aquedar en su casa hasta 5 años

En la lucha contra los abusos cometidos por los bancos y las cajas de ahorros, consumidores y profesionales del Derecho estamos yendo de la mano y consiguiendo grandes victorias.

En esta ocasión queremos aprovechar este espacio para transmitiros una buena noticia: ¡hemos conseguido suspender una ejecución hipotecaria en Alicante!

Hace ya algunos años el Banco Español de Crédito S.A. (conocido como Banesto) inició un proceso contra V.G.C. y J.A.F. por impago, proceso que tenía como objetivo quedarse con la vivienda de estas personas.

Todo había empezado con normalidad, pero nuestra sorpresa fue que las alegaciones realizadas frente a los escritos que presentamos en el juzgado correspondiente no provenían de Banesto, sino de Banco Santander.

¿Qué había ocurrido? La historia es sencilla, en 2013 se produjo la fusión entre Banesto y Banco Santander, absorbiendo el segundo al primero.

Esta fusión se produjo mientras el proceso de ejecución hipotecaria de nuestros clientes estaba en marcha, por lo que sin mediar ninguna explicación el Banco Santander se personó en el proceso en sustitución del Banesto.

Frente a esta situación nosotros alegamos que no era legal, puesto que no se había llevado a cabo la sucesión procesal a la que hace referencia el artículo 540 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que permite cambiar la persona de una de las partes en el proceso por otra.

En este caso, si se hubiera hecho bien, el Banco Santander habría pasado a ocupar la misma situación procesal que tenía el Banesto cuando se inició el proceso de ejecución hipotecaria.

Estaba claro lo que había sucedido, el ejecutante inicial (Banesto) había desaparecido debido a la fusión y el Banco Santander no había pedido la sucesión procesal. Esto daba lugar a una situación en la que el acreedor del título ejecutivo y acreedor de la deuda (Banesto) ya no existía y, al no haberse realizado la sucesión procesal, no se podía continuar con la ejecución.

Precisamente por ello, el juez decidió denegar el despacho de la ejecución in admitiendo la demanda a trámite, suspendiéndose así la ejecución hipotecaria de nuestros clientes.Teniendo el banco de Santander que ir a un procedimiento declarativo por lo que las personas se pueden llegar aquedar en su casa hasta 5 años que puede durar el procedimiento y dejando les en una situación mas favorable para negociar otro tipo de acuerdo mas beneficioso para ellos y no para el Banco de Santander.

Así, demostramos una vez más que como consumidores no estamos indefensos frente a los bancos, podemos y debemos defendernos si queremos hacer valer nuestros derechos.

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